viernes, 22 de mayo de 2020
lunes, 18 de mayo de 2020
El ESTADO (CONCEPTOS, SIGNIFICADOS, SENTIDOS, RELACIONES, ACTORES, FACTORES, FINES, MEDIOS) DE LA FILOSOFÍA DEL DERECHO DE FRIEDRICH HEGEL.
Filosofía del Derecho Friedrich Hegel (Ideas Generales)
Para Hegel el desarrollo de las partes se apoya sobre el espíritu lógico, y la naturaleza racional estas características son el todo para Hegel y las separa en dos partes: la primera es la formal, que es el proceso de conocimiento, y la segunda es la esencial sustancial, fundamentada en la concepción, de esta forma, la principal idea filosófica es la identidad consiente de forma y contenido.
Dentro de este contenido Hegel identifica a la ética en la idea de la libertad, como bien viviente que tiene en la conciencia de su saber, su querer, y su realidad, que se encuentran presentes en el ser ético, como el fin motor de su existencia; la ética es el concepto de la libertad convertido en mundo existente y de la naturaleza de la conciencia en sí misma.
Otro concepto sobresaliente es la idea ética es su enfoque como espíritu que a su vez se divide en tres:
1.- El espíritu ético inmediato o natural expresado en la familia.
2.- Cuando la familia pasa a la pérdida de su unidad, a la escisión y al punto de vista de lo relativo en la sociedad civil en la unión de los miembros como individuos independientes en una universalidad formal.
3.- El estado interno que se recoge y retrae en el fin y en la realidad de lo universal sustancial y de la vida pública dedicada al mismo, en la constitución del Estado.
La familia es determinada por el amor a su unidad afectiva. Sin embargo, debe existir un momento abstracto de la individualidad, determinada solo cuando la familia entra en disolución, y los que deben ser sus miembros llegan a ser en su condición y realidad, como personas independientes. Teniendo la familia tres aspectos importantes dentro de este enfoque:
1.- El matrimonio: se divide en dos, en la convivencia natural y en la renuncia a la propia personalidad natural individual en una sola persona.
2.- La existencia externa: como una cosa finita, un objeto material, un animal o un espíritu finito, como una especie de pretensión a una existencia independiente, y la propiedad: como una relación inmediata entre una persona y una cosa.
3.- La educación de los hijos: los hijos tienen el derecho de ser alimentados y educados con el patrimonio común de la familia, y en la disolución de la familia: que es el fin de la familia, que se cumple por la Disolución ética cuando los Hijos cumplen la mayoría de edad, ello es reconocido por el Estado, como la disolución ética de la familia.
Identifica a la identidad de la persona concreta que es uno de los fundamentos de la sociedad civil. Entrando a los parámetros del Estado externo, Estado de la necesidad y el entendimiento. La particular se eleva a la forma de la universalidad y los individuos como ciudadanos de este Estado, son personas privadas que tienen por fin particular su propio interés. Esta sociedad civil encierra tres momentos:
1.- La mediación de la necesidad y la satisfacción del individuo con su trabajo y la satisfacción de todos los demás, constituye el sistema de las necesidades.
2.- La administración de la justicia para defender la propiedad.
3.- La prevención contra la accidentalidad que subsiste en los sistemas y el cuidado de los intereses particulares en cuanto cosa común por medio de la política y la cooperación.
El hombre tiene múltiples necesidades. La liberación es formal porque la particularidad de los fines permanece como su contenido.
a.- La forma de trabajo: La división de trabajo práctico torna más sencillo el trabajo: necesidad de intercambio entre los hombres y trabajo practico mecánico.
b.- La riqueza y las clases: puesto que cada uno adquiere, produce y goza para sí, por eso produce y adquiere para el goce de lo demás.
Clase sustancial o inmediata, formal o reflexiva y la universal.
1.- La clase sustancial tiene su patrimonio en los productos naturales, suelo de propiedad privada.
2.- La clase formal: elaboración del producto natural y se basa para el fin de su propia subsidencia sobre el propio trabajo.
3.- La clase universal: intereses generales del Estado Social.
El Estado es la realidad de la idea ética. En lo ético tiene su existencia inmediata y en la conciencia del individuo, tiene su existencia mediata, tiene su libertad sustancial en él, como en su esencia, fin y producto de su actividad. Es lo racional en sí y por sí.
La libertad alcanza la plenitud de sus derechos, así como este fin último tiene el más alto derecho frente a los individuos cuyo deber supremo es el de ser miembros del Estado. El Estado es espíritu objetivo. Que el fin del Estado sea el interés general como tal y que, en este, como su sustancia, radique la conservación de los intereses particulares constituye:
1.- La Realidad abstracta: El Ser en Sí es justamente abstracto y unilateral porque no se ha enriquecido todavía en el proceso de desarrollo; aunque, contenga la totalidad de posibilidades y potencialidades de las cosas.
2.- Los Poderes: la estructuración lógica de la mediación, cada poder en singular tiene que tener la triada dentro de sí.
3.- La Cultura: como la formación para la razón en todas sus formas posibles y pensables, en una especie de cultura histórica.
El Estado obra y actúa según sus fines, principio y leyes, que no son solo en sí, sino para la conciencia. El principio de la división de los poderes implica el momento esencial de la diferencia de la racionalidad real. El Estado político se fracciona en tres diferentes sustanciales:
a.- El poder legislativo: facultad de determinar e instruir lo universal.
b.- Poder gubernativo: casos singulares.
c.- Poder del soberano: que representa el poder de la subjetividad como última decisión de la voluntad.
El poder del soberano encierra en sí tres momentos:
1.- La universalidad de constitución y de leyes.
2.- La deliberación como relación de lo particular con lo universal.
3.- La iniciación de la realidad.
El elemento de la existencia del Espíritu universal que en el Arte es la intuición e imagen, en la religión sentimiento y representación, en la filosofía pensamiento puro y libre, en la historia universal es la realidad espiritual y todo el ámbito de su interioridad y su exterioridad. La historia universal es un juicio, porque en universalidad que es en sí y por si, lo particular, los dioses, la sociedad civil y los espíritus nacionales en su variada realidad son solos como algo ideales.
miércoles, 13 de mayo de 2020
FILOSOFÍA DEL DERECHO (El Estado) Friedrich Hegel
Filosofía del Derecho
El Estado
El Estado es una realidad de una idea ética. Respecto a lo ético este tiene su existencia en la conciencia del individuo y tiene su existencia mediata en su libertad y en su esencia. De esta forma, la libertad alcanza la plenitud de sus derechos, así como, el fin último que tienen el mas alto derecho frente a los individuos. cuyo deber supremo es el de ser miembros del Estado llagando en un concepto concreto en donde el Estado es el espíritu objetivo.
Según Hegel una característica principal del Estado recae en la participación del Derecho Político interno, en donde el Estado es la realidad la libertad concreta que, consiste en el hecho de que la individualidad personal y sus intereses particulares tienen, su pleno desenvolvimiento y reconocimiento de su derecho por si mismo. Aquí lo universal no tiene valor y es llevado a cabo, por los intereses, el saber y el querer particular.
De esta manera el Estado queda concebido como una necesidad Externa, un poder superior al cual están subordinadas a las leyes y los intereses de esas esferas. El fin del Estado es el interés general como tal, que radica en la conservación de los intereses particulares que se constituye por la Realidad abstracta, los Poderes y la Cultura. El Estado obra y actúa según sus fines, principios y leyes, que son los ejes para la conciencia.
El Estado es la voluntad divina como Espíritu presente que se despliega en la forma real y en la organización del mundo. La religión frente al Estado se conduce como el conocimiento que debe tener la razón solo en la esencia. El principio de la división de los poderes implica el momento esencial de la diferencia de la racionalidad real. Por esta razón, el Estado político se fracciona en tres: El poder legislativo: facultad de determinar e instruir lo universal, el poder gubernativo: casos singulares y el Poder del soberano: que representa el poder de la subjetividad como última decisión de la voluntad.
El poder del soberano encierra en sí tres momentos: en la universalidad de constitución y de las leyes, en la Deliberación como relación de lo particular con lo universal y en la Iniciación de la realidad. Dentro de los asuntos y tareas del Estado los particulares están vinculados a los individuos, pero no a sus tareas privadas, constituyendo a la soberanía del Estado, ya que, los Poderes están fundados en la voluntad de los individuos.
El segundo momento del soberano es la particularidad. La majestad propia del monarca, como máxima subjetividad que decide se eleva por encima de toda responsabilidad acerca de los actos del gobierno. El tercer momento, concierne al monarca y en la totalidad de la constitución de las leyes. Dentro del ámbito del poder gubernativo, el poder judicial y policía, se introducen los intereses particulares en la sociedad civil.
El poder legislativo concierne a las leyes como tales, constituye una parte de la constitución y tiene parte activa, el monárquico, que concierne la decisión suprema, el poder gubernativo como comento consultivo y la opinión pública encierra en si los eternos principios de la justicia. El Estado tiene una individualidad, y en el campo de la soberanía, es como un individuo real, inmediato. Así se presenta en la existencia, como relación de uno con otro y como si la negación fuese algo exterior.
En cuanto a lo positivo, la individualidad no es accidental y mutable, sino que es así sí por sí sola. La relación de su reconocimiento es su deber sustancial, dentro de la independencia y soberanía del Estado, constituye el momento en el cual la idealidad de lo particular alcanza su derecho y se convierte en realidad. Cuando un Estado entra en peligro, se debe llamar a todos los ciudadanos del Estado a su defensa. El valor militar por sí, es una virtud formal.
Otro aspecto es el Derecho Político externo que surge de las relaciones de los Estados independientes, para que sea real. Un Estado frente a los otros es una autonomía soberana. La realidad inmediata, en la cual se dan los Estados unos con respecto al otro tiene una naturaleza formal de los contratos en general. Los conflictos de los Estados, solo pueden ser resueltos por la guerra. El bienestar sustancial del Estado es su bienestar como Estado particular, por lo tanto, el gobierno para Hegel es una sabiduría particular y no la previsión general.
Hegel expone el elemento de la existencia del Espíritu universal, en el Arte que es la intuición e imagen, en la religión sentimiento y representación, en la filosofía pensamiento puro y libre, en la Historia Universal es la realidad espiritual en todo el ámbito de su interioridad y su exterioridad. La Historia Universal es un juicio, porque en su universalidad es en si y por si, lo particular, la sociedad civil y los espíritus nacionales en su variada realidad son solos como algo ideales.
La historia universal, es razón de si y por si, y el ser por si de la razón en el espíritu, es saber; la historia es el despliegue de los momentos de la razón, de su conciencia de si y de su libertad, es la realización del espíritu universal. La Idea del Espíritu universal, alcanza su derecho absoluto y el pueblo vive en él y las acciones de ese pueblo, consiguen su realización, la felicidad y la gloria. Bajo estas circunstancias la historia es la producción del espíritu, en donde los individuos intervienen como la subjetividad que realiza lo sustancial.
Las ideas concretas, tienen su verdad y determinación en la idea concreta. De esta forma, el espíritu universal, es el movimiento de su actividad, de saberse absoluto y de liberar a su conciencia y llegar a si mismo, los principios de las formaciones de estas conciencias, en el proceso de su emancipación, los elementos predominantes o dominios de la historia. Universal, loa cuales son cuatro según Hegel.
En primer lugar, es la revelación inmediata, como fundamento a la forma del espíritu sustancial, como identidad, en la cual la individualidad permanece sumergida en su esencia. En segundo lugar, el saber del espíritu sustancial, y la individualidad moral, en tercero, el abandonamiento en si mismo del ser por si. Y en cuarto sitio la mutación de antítesis del Espíritu para acoger en su interioridad a su verdad y la esencia concreta. Según estos principios los dominios de la historia universal son, el oriental, el griego, el romano y el germánico.
jueves, 7 de mayo de 2020
FILOSOFÍA DEL DERECHO (La Familia y La Sociedad Civil) Friedrich Hegel
Filosofía del Derecho Hegel
Filosofía del Derecho (La Familia)
Para Hegel, la familia, tiene cabida principalmente en la relación que el individuo mantiene con el Estado. En el sistema Hegeliano hay elementos que permiten asignar al individuo una posición peculiar frente al Estado, y este se da justo en el momento ético de la concepción y conformación de la familia.
El pensamiento y el juicio que Hegel expone es que la mujer está más próxima a lo natural, a la tierra, al fondo de las cosas, a lo particular y concreto. Sin embargo, Hegel justifica que hay una ineptitud para la cosa pública y para la empresa política. Las mujeres para Hegel pueden ser cultas, pero no están hechas para las ciencias más elevadas, ni para la filosofía y ni para algunas producciones de Arte ya que no poseen lo ideal, el Estado correría peligro si hubiera mujeres a la cabeza del gobierno, porque según Hegel no actúan según las exigencias de la universalidad sino siguen la opinión contingente.
En la familia, el hombre tiene la capacidad de mediación. De esta manera el hombre se eleva a la ley humana, y positiva, mientras que la mujer es la dueña de la Casa y la mantenedora de la ley divina. Haciendo esta división el hombre tiene su efectiva vida sustancial en el Estado y en general en la lucha y el trabajo con el mundo exterior y consigo mismo, sólo a partir de esta división puede conquistar su autonomía, pues en la familia tiene su intuición sosegada y su etnicidad subjetiva y sentida.
Por otro lado, la mujer posee en la familia su determinación sustancial y en esta tiene su íntima disposición ética. Hegel describe que la familia ofrece un doble aspecto, natural y espiritual. Es un fenómeno natural, anclado en el sentimiento amoroso, mediante el cual el hombre halla la carne de su carne en la mujer, y viceversa. Y es un fenómeno espiritual, porque la familia no tiene su fundamento en la determinación inmediata del sentimiento amoroso.
Hegel aclara que la familia no se basa ni en el amor, ni en el contrato, ni en la producción y en el goce de los bienes, ni en la función educativa que pueda tener. La familia, se basa en un fin espiritual. Y este fin es el individuo universal.
Lo universal para Hegel es la individualidad que está fuera de los accidentes de la vida, por ejemplo, el muerto que es recogido en el seno de la familia, da paso a acciones que no afectan al ser vivo, sino al muerto, que se concentra en una única figura, y al margen de la inquietud de la vida contingente. Por esta circunstancia que el hombre después de morirse pasa a ser individuo de carácter universal.
La función ética que desempeña la familia tiene su relevancia con la muerte. La muerte del individuo supone una tensión entre la ciudad y la familia. En donde el ciudadano, edifica la sociedad civil con leyes humanas. Su muerte individual es para él el trabajo de su vida, la cual consiste en ir desapareciendo poco a poco como individuo para que reine la universalidad de la ley. Así que muere trabajando para la universalidad. Pero su muerte es contingente, porque el individuo es recambiable, porque muerto uno, otro seguirá su tarea. La muerte carece de significación espiritual aparente.
El hombre en la familia está regido por la ley divina. En el seno de la familia su muerte ya no es un hecho natural, sino una operación del espíritu, de ahí viene el ejercicio de la función ética de la familia al cargar con el muerto. La familia es una asociación espiritual, de índole religiosa, basada en la piedad rindiendo culto a los muertos y con ello desvela el sentido espiritual de la muerte, fundando una totalidad ética. El papel de la muerte es una negación natural, mediante la cual la conciencia no vuelve a sí misma. El muerto se hace cosa elemental, dejando que la familia devuelva a la muerte su sentido espiritual, dando paso a la vida espiritual.
Para Hegel la familia es determinada por el amor a su unidad afectiva. En donde debe existir un momento abstracto de la individualidad determinada, solo cuando la familia entra en disolución, y los que deben ser sus miembros llegan a ser en su condición y realidad, como personas independientes. Realizando una familia bajo los aspectos del matrimonio, en la existencia en la propiedad, en la educación de los hijos y en la disolución de la familia.
Filosofía del Derecho (La Sociedad Civil)
En el sistema hegeliano la sociedad civil tiene características muy específicas que la distinguen de una forma particular teniendo gran impacto en tres momentos cruciales, el primer momento es el sistema de las necesidades, en la administración de la justicia, en los ámbitos de la policía y las corporaciones.
Dentro de este sistema de las necesidades, cada individuo ve a los demás como simples medio para la satisfacción de sus carencias. El principio de este sistema es una libertad concebida al encontrarse en su realización únicamente con la propiedad. Y esta a su vez requiere de la administración de la justicia para su tutela. En este momento el Derecho está expresado como ley, en este caso, como Derecho Positivo, como un derecho que es conocido por la conciencia individual y que se hace universalmente válido por su fuerza y realidad.
Dentro de estas características de relaciones y circunstancias, quienes se encargan de hacer valer la universalidad del derecho son los Magistrados, quienes deben estar alejados del interés particular y solamente actuar conforme la ley lo indica. De tal manera que esta administración planteada por Hegel es tenida como un deber y un derecho del poder público para hacer prevalecer el mandato de la ley. Así, el Derecho no tiene su origen en el capricho de intereses individuales, sino en la forma misma de su ser.
Dentro de esta administración, la separación que caracteriza a la Sociedad Civil, se restituye en la unidad de lo universal con el detalle de la particularidad subjetiva por medio del derecho abstracto, este derecho que se hace positivo en las leyes y que los individuos se ven en la necesidad de respetar para coordinar sus acciones teniendo un trabajo de aplicación dual.
La realización de esta unidad dará paso al surgimiento de la Policía y de la Corporación. En donde la primera está encaminada a que el bienestar particular sea tratado y realizado como derecho, en un acto en el que se tenga una existencia real para la subsistencia y el bienestar del individuo.
El caso de la corporación, tomara un papel dentro de los parámetros del retorno de lo ético a la sociedad civil. La policía, que en este plano toma el papel de encargada de hacer valer la universalidad del Derecho, está contenida dentro de la sociedad externa, es decir, pública, además de que se encarga de cuidar la garantía de los intereses particulares, de la cual se cuida los intereses que van más allá de esta sociedad.
Esta particularidad toma como fin y objeto primordial de sus intereses a la universalidad, en este caso al derecho abstracto, y con esta característica hace posible el retorno del sentido ético a la sociedad civil, constituyendo una determinación única de la corporación.
Hegel cataloga esta composición que sale determinada a la corporación que es la representación organizada de cómo el individuo, busca satisfacer sus intereses, y para ello utiliza la universalidad del Derecho abstracto y con esto mismo logra unificar subjetividad y universalidad los cuales en un inicio estaban contemplados mediante una separación que los desvinculaba en su totalidad.
lunes, 4 de mayo de 2020
FILOSOFÍA DEL DERECHO (El Derecho Abstracto y Lo Injusto) Friedrich Hegel
Filosofía del Derecho Hegel
El Derecho Abstracto
La propiedad según Hegel es el punto de partida de la ciencia del Derecho, ya que se expone en parámetros ontológicos en conceptos como voluntad y libertad. Para Hegel este es el primero de los momentos de la ciencia especulativa del Derecho; lo que Hegel propone no es una teoría, ni una doctrina del orden jurídico-político, sino, la concepción de lo que es en esencia, es decir, la realidad presente en su esencia conceptual. Hegel determina que la propiedad no es el primer momento en el orden temporal, sino que tiene cabida en el racional.
Este enfoque indaga en la exposición del concepto-real y el movimiento lógico-ontológico de la determinación y diferenciación interna del problema de lo real-racional, dentro de los parámetros del pensamiento. Así, se expone el principio fundamental, abstracto del Derecho.
El tema principal de Hegel no es el Derecho Positivo o las instituciones jurídicas existentes, el asunto del que se ocupa Hegel es la realidad presente de la esencia espiritual, en su concepto. Puesto que el Derecho de Hegel es la propia realidad espiritual humana objetivada, es el reino de la libertad realizada, el mundo del espíritu que se produce a sí mismo como una segunda naturaleza. Los momentos del derecho son determinaciones o maneras de existencia de la libertad en cuanto Idea, es decir, en cuanto realidad que se concibe o se pone a sí misma.
La libertad como Idea es el movimiento infinito actual de autoexposición de la realidad presente, libertad que no tiene otro objeto que sí misma, que es la negación de lo estable, del ser compacto, inquietud universal y auténtico principio de la creación del mundo. Esta es la cuestión en donde se trata el principio lógico-ontológico que da origen al mundo actual, es decir, al mundo moderno, en su primera determinación o realidad, siendo la propiedad la primera existencia de la libertad. En la propiedad se halla en una forma primaria la realidad del mundo moderno.
Hegel se aparta del punto de vista del entendimiento abstracto, en el intento de mantener el discurso en el espacio metafísico que es el de la especulación, en el cual, aparece la necesidad ontológica de la propiedad. La concepción hegeliana de ontología de la propiedad excluye completamente a lo social, que es todo lo que concierna a contingencias como la desigual de la distribución de los bienes, o la carencia de medios para satisfacer las necesidades.
La propiedad es fundada en la voluntad libre de la persona individual; la persona para existir como idea, tiene que tener su libertad en una esfera exterior. El concepto de persona designa a este nivel, algo vacío y peyorativo, pero encierra en ella la tensión con la infinitud del espíritu; la persona es, según Hegel, al mismo tiempo lo elevado y lo más bajo; aquí es donde radica lo infinito y lo finito. La grandeza de la persona consiste en poder resistir esta contradicción de no poder soportar nada natural. En el centro de la persona se halla la tensión dialéctica de dos momentos, el de la voluntad libre, la universalidad o negatividad abstracta y la particularidad, que se haya mediada dialécticamente en el individuo y convertida en una realidad superior.
Hegel visualiza a la voluntad libre como la posibilidad de abstraerse o huir de toda particularidad o contenido determinado, de negar o destruir todo orden existente, es el momento de universalidad o de libertad negativa, de la infinitud ilimitada de la absoluta abstracción. Pero, por otro lado, la voluntad libre sólo entra en la existencia definiéndose en un contenido particular y determinado, haciéndose finita, queriendo algo y por consiguiente la unidad de estos dos momentos es la individualidad.
Hegel ve a la voluntad como la unidad de estos dos momentos, esta es la autodeterminación del yo, de ponerse como lo negativo de sí mismo, es decir, de ponerse como determinado, limitado, y al mismo tiempo permanecer en su identidad y universalidad, unirse sólo consigo mismo. La Idea especulativa de libertad, identificada con la individualidad libre, que es la actividad de retorno a sí mismo a través de la salida y negación de sí en lo exterior y particular.
Esta es la clave para Hegel con la cual entiende a la propiedad como primera existencia de la libertad. La propiedad es ese espacio de exterioridad en que la individualidad libre renuncia a su interioridad cerrada sobre sí, se particulariza y finaliza, y a través de esa enajenación o extrañamiento, retorna a sí misma y crea su propia realidad como mundo o realidad universal. La existencia de este mundo, y de la realidad de la autoconciencia, descansa sobre el movimiento en que esta personalidad hace surgir su mundo y comportamiento frente a un mundo extraño como si tuviera que apoderarse de él.
Pero la renuncia a su ser para sí, es la realidad, y gracias a ella se apodera, inmediatamente de ésta. De este modo la autoconciencia sólo es algo, si es que tiene realidad en la medida en que se extraña de sí misma. Gracias a la mediación del extrañamiento que Hegel propone se ha puesto en consonancia con lo universal que desempeña la concepción de la propiedad ligado con la esencia que caracteriza al Estado.
Lo injusto
Hegel analiza la injusticia y con ella el delito utilizando conceptos metafísicos. Para hablar de la injusticia introduce, en contraposición al Derecho en sí y la voluntad que deviene de un Derecho particular. El Derecho deviene, siendo real y válido volviendo a sí a la negación que se suponía en la apariencia. En la injusticia, en cambio, al parecer se convierte en apariencia, en lo no verdadero. Dependiendo de esta relación del Derecho, Hegel establece tres momentos: la Injusticia civil o de buena fe que es la apariencia en sí, el Fraude que es el Derecho puesto en apariencia por el sujeto, y el Delito que es el Derecho es puesto directamente como nulo.
Hegel determina a los conflictos jurídicos, donde surge la universalidad de la voluntad, el fundamento jurídico de la toma de posesión y el contrato, respecto del reconocimiento de los otros. Por otro lado, los procesos civiles buscan un fundamento jurídico, universal y decisivo, pero surge un conflicto cuando se involucra algo a la propiedad, volviéndose un juicio negativo. Estas partes están unidas a intereses opuestos frente a los cuales el Derecho se presenta como un deber ser. La voluntad universal del Derecho, reconocida como realidad efectiva, resigna opiniones e intereses particulares.
Esa particularidad está asociada a lo finito de cada uno, por eso la injusticia de buena fe es la menos grave porque respeta el Derecho Universal. Hegel reafirma al Derecho Civil ya que las partes admiten el Derecho, reconocen a los otros, pero están atrapadas en la contingencia de sus intereses lo cual les hace creer que su particularidad, y en su propiedad, es la universalidad del derecho.
El Fraude surge cuando la voluntad particular lleva a lo universal. Que se traduce a no creer en el Derecho, y a no respetarlo. Es algo meramente subjetivo y por ello inesencial y sólo aparente. El engaño que supone el fraude no lesiona la voluntad particular del otro, simplemente se le ubica en la subjetividad y en la mera apariencia haciéndole creer que la acción es justa. El engaño en la compra de una cosa, no radica en su particularidad sino en la ausencia de la universalidad existente, universalidad interna que reside en el valor y en ser propiedad de otro. Es una exigencia que lo objetivo y universal como valor.
A diferencia de la injusticia civil, el fraude sí tiene pena, porque sí se lesiona el Derecho. Pero si la apariencia de Derecho es querida es querida en cuanto tal por la voluntad particular en contra del Derecho, haciéndose así maliciosa, el reconocimiento externo del Derecho queda entonces separado de su valor y sólo aquél se respeta, mientras éste queda lesionado.
El Delito es un punto más elaborado que forma parte de la concepción del Estado. Resaltan dos conceptos esenciales a la hora de entender la concepción del delito, como la violencia y la propiedad. El delito es la voluntad maliciosa que ejerce violencia. El delito es la auténtica injusticia, en el delito no se respeta el Derecho ni en sí mismo lesionando ambos lados, el objetivo y el subjetivo. Expone que se puede ser violento en tanto que seres vivientes, pero para que la voluntad sea violentada tiene que ser en la exterioridad. Esclarece que sólo se puede violentar a algo a quien quiere dejarse violentar.
La violencia sólo puede afectar a nuestra exterioridad, a nuestro cuerpo, pero no a la interioridad, no se nos puede obligar. Hegel se mantiene en el plano del Derecho, que es siempre exterior, por lo cual el derecho es la existencia de la libertad en lo exterior. De esta manera la fuerza y la violencia tomadas abstractamente son injustas por lo que suponen de exteriorización de la voluntad, que es idea libre sólo en la medida de su existencia. La violencia, por tanto, es injusta cuando elimina la voluntad de la libertad a través de la exteriorización, pero es necesariamente legítima cuando se elimina a sí misma.
Sólo se justifica un Derecho de héroes cuando lo que tienen enfrente es una fuerza natural pero no en el Estado. De esta manera Hegel va en contra del naturalismo al cual lo clasifica de una manera conceptual así que rechaza el Derecho natural, cuando se basa en un supuesto estado de naturaleza. Este análisis de Hegel es especulativo, Hegel no da por concreto su supuesta concepción de lo injusto realmente retoma ideas de filósofos anteriores conceptuándola con un poco de sentido común la cual, explaye en sus concepciones de las distintas relaciones del Estado que no se ven a simple vista.
sábado, 2 de mayo de 2020
LIBERTAD DE PENSAMIENTO RACIONAL y su Impacto para Generar una Plena Libertad
Libertad de Pensamiento y Expresión
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Filosofía Política |
Ilustración significa el abandono por parte del hombre de una minoría de edad cuyo responsable es el mismo. Esta minoría de edad significa la incapacidad para servirse de su entretenimiento sin verse guiado por algún otro. Uno mismo es el culpable de dicha minoría de edad cuando su causa no reside en la falta de entendimiento, sino en la falta de resolución y valor para servirse del suyo propio sin la guía del de algún otro. Supere aude! ¡Ten valor para servirte de tu propio entendimiento! Tal el lema de la ilustración. Emmanuel Kant.
La libertad de pensamiento es uno de los fundamentos del pluralismo político y una de las piezas fundamentales para la transición del hombre en la generación de una visión plena de su concepción totalitaria de libertades. Sin embargo, no se trata de algo tan obvio, como que el pensar es siempre libre, o que solo se puede ser censurado en su totalidad por uno mismo, aparte de estas particularidades tambien debe de entenderse como extensión del pensamiento dentro de un acto público.
De nada sirve, políticamente, que uno en su intimidad sea totalmente libre de conducir sus pensamientos por las sendas más tortuosas y sobresalientes y nunca ser capaz de exteriorizaros. Por esta simple característica la libertad de pensamiento nos lleva a percibirla dentro del rubro de la libertad de expresión, libertad de discusión pública, libertad de crítica y libertad de asociación, entre muchas otras expresiones de la libertad.
La libertad de pensamiento debe de contener varias características en su formación concreta, entre sus principales fundamentos tenemos a la razón y la reflexión, que posteriormente tienen que verse mezcladas y asociadas con la esencia de lo publico, aunque su génesis sea el mundo privado, la intencionalidad de esta engendración debe verse expandida en una movilidad constante y sobretodo compartida y socializada, para llegar a convertirse y divulgarse como expresión colectiva.
La libertad de pensamiento solo adquiere su forma completa al encararse con lo público, al enfrentarse y medirse con el conjunto de expresiones que componen un espacio público de discusión. Es esta pluralidad de ideas y representaciones las que están presentes en todos los colectivos humanos, en tanto que consigue una expresión pública adquiere una naturaleza plenamente política, que es un parteaguas para la consagración de la razón y el análisis multitudinario, el despertar de la mente y el inicio a cuestionamientos que nos permitan hilar preguntas que desencadene la curiosidad del hombre en los distintos campos que abre el pensamiento.
Así, el pensamiento es libre y casi en cualquier circunstancia se trata de encontrar la manera de expresarse y contrastarse, de hecho, la libertad de pensar se estimula en la clandestinidad se trata de anteponer una situación más conciente ante estándares que doblegan este tipo de libertades. Pero tratándose de algo público, este entorno de seguridad se vuelve complicado para los actores sociales. En este sentido, el orden político debería actuar como garantía del pensamiento. Pero la politización de la pluralidad del mundo social exige condiciones de seguridad pública para quienes están dispuestos a expresar libremente sus ideas sin recaer o tropezar con intermediarios en contra que obstruyan la construcción del acto de la “ilustración” como lo menciono Kant.
Cuando la idea de la libertad de pensamiento se vale como expresión de la pluralidad, es difícil discriminar siquiera estéticamente las representaciones, ya que la bandera y la esencia de la libertad conduce directamente al pluralismo a la libre asociación de ideas y de pensamientos. El pluralismo, como ideología popular y teoría de la diversidad justifica la bondad de reconocer como un valor todo lo que emerge del mundo privado. De este modo esta pluralidad no sólo tiene derecho a existir, sino también a expresarse y mostrar sus aspiraciones sociales, entrar en la pugna política y hacerlo sin peligro de ser eliminada gracias al libre albedrío. De esta manera la libertad y el orden parecen, esenciales para el desarrollo público de la pluralidad de la libertad.
Libertad, publicidad y orden son tres mecanismos de gran impacto que se complementan e interactúan entre ellos, siendo características que se tratan de implementar en las democracias liberales contemporáneas. Esta combinación de elementos es una mezcla muy controvertida que no era aceptada a finales del siglo XVIII, en que la libertad de los pueblos suponía violencia y riesgo para el orden político y dentro de cualquier parámetro de orden social.
En aquel momento, la defensa de la libertad de pensamiento y su expresión pública planteaba un necesario esfuerzo intelectual en una discusión fuertemente politizada que se extendía incluso sobre la vigencia de los principios ilustrados, pues dentro de este contexto el movimiento del romanticismo comenzaba a desarrollar la primera crítica a la modernidad, alegando en ocasiones un cierto relativismo cultural basado en la tradición impuesta sobretodo por la imagen ya muy gastada de la religión y al iglesia, que atacaba directamente a la libertad de pensamiento individual y por consiguiente a todas las demás libertades que derivan de esta.
Immanuel Kant y la Libertad de pensamiento
No se puede entender la filosofía política de la Ilustración sin la defensa de la libertad de pensamiento y de expresión ya que sostiene un vínculo de gran repercusión que sustenta a ambos en un equilibrio de estabilidad. Esto no es, una defensa directa del pluralismo político, pero sí un elemento esencial al mismo a partir del desarrollo de las democracias liberales.D
Detrás de la libertad de pensamiento está la idea de autonomía y la dignidad del individuo, la confianza en el sujeto pensante que puede dirigirse a sí mismo y que posee madurez política, es decir, un constante razonamiento en la capacidad de ejercer esa autonomía y responsabilidad en el ámbito público.
Este movimiento de confianza en el sujeto pensante se inicia en el proceso de la duda metódica que Descartes expresó y analizó, cuando el sujeto es capaz de restablecer un orden ontológico que él mismo se había cuestionado. Así que la autonomía del sujeto pensante tiene además un claro antecedente religioso en la doctrina, un aspecto que ya Lutero había cuestionado en su tiempo, proyectada sobre el racionalismo para dar lugar al idealismo.
Por su parte, Kant culmina este movimiento dentro de la Ilustración, en una apuesta por la capacidad del individuo y de las sociedades de progresar en el camino del desarrollo político y cultural sobre la base del instrumento universal de la racionalidad lo que le hace despertar y al mismo tiempo desprenderse de la vida rutinaria dentro de los parámetros ya establecidos en la mente colectiva.
En ese camino: “Es más fácil que el público se ilustre por sí mismo y hasta, si se le deja en libertad, casi inevitable. Porque siempre se encontrarán algunos que piensen por propia cuenta”, esto es lo que afirma Kant al comienzo de su ensayo ¿Qué es la ilustración? En este sentido, Kant distingue entre el uso privado o doméstico y el uso público de la razón. Esta distinción es sobresaliente e importante en su análisis, porque coloca a la razón práctica en un plano público destinado a interferir libremente en la organización de la vida social, mientras que en el plano privado la razón se somete a las circunstancias de la vida doméstica o económica.
De esta forma, el uso privado de la razón consiste en obedecer aquello que se ordena con el propósito de sostener el orden en una comunidad y mantenerla en funcionamiento. Por consecuencia el operario obedece a su superior, sin ponerse a razonar con él, la conveniencia de sus órdenes. Se trata de un uso técnico o instrumental de la razón dentro de un itinerario “represivo”, mientras que el uso público es aquél por el cual el sujeto, fuera de sus obligaciones domésticas, ejerce la crítica racional sobre aquello que considera negativo de su entorno, y la expone públicamente con la intención de mostrar el error y ayudar a corregirlo a través de un debate público de opciones, con el convencimiento de que tal cosa converge con las de un deber ciudadano. Kant nos dice que: Quien hace un uso público de su razón, “disfruta de una libertad ilimitada para servirse de su propia razón y hablar en nombre propio.”
Este es un claro ejemplo del optimismo kantiano que lo orienta a postular que la voluntad de pensar por sí misma, sin tutela de intervención que la propia razón, se impondrá tarde o temprano sobre todos los géneros de imposición de ideas y prejuicios, sin importar lo mucho que las élites intelectuales y dominantes se una para impedirlo. Logrando de esta manera la imposición de la libertad de pensamiento que mas tarde se vera reflejado en una multitud de libertades que se despliegan de esta. Esto iría dirigido en contra la naturaleza de un pueblo que se condene a sí mismo y renuncie a la libertad, propia y también la de sus descendientes.
Los muertos no deben hipotecar a los vivos, condenándoles a llevar encima y a todas partes los huesos de sus antepasados. Un pueblo que en virtud de sus prejuicios considera conveniente seguir en ellos, se paraliza respecto de la marcha del progreso del hombre un progreso que se bloquea en todos los ámbitos a raíz de la libertad del pensamiento racional, tanto más si el inmovilismo es auspiciado por los clérigos que arrastra esta racionalidad a una figura e ideales divinos. Y de la misma manera Tampoco actúa bien el gobernante que obliga a su pueblo a permanecer en ese estado de no-ilustración en un acto por mantener el orden.
De esta forma, se abren aquí dos brechas de discusión: el de la libertad de pensamiento religioso, y el del papel del poder político respecto de la libertad de pensamiento. A esto Kant reconoce que el potencial latente en la libertad de pensamiento va a desarrollarse de arriba abajo, pues, son los gobernantes los que en mejores condiciones están para pensar por sí mismos. Para Kant, es razonable otorgarle al despotismo ilustrado la tutela del desarrollo de la ilustración entre las masas, esta concesión se basa principalmente en la desconfianza hacia las masas de finales del XVIII, pues las masas son sospechosas de tender inevitablemente hacia el prejuicio en lugar de pensar por sí mismas.
Kant confía en el sujeto pensante individual, pero no tanto en las masas; lo colectivo no es el terreno idóneo para el razonamiento. La libertad en manos de muchos genera poder, y puede derivar en violencia y en desorden social, salvo que un poder político lo impida mediante la coacción. Sólo un orden político fuerte puede garantizar la libertad de expresión frente al poder paralizante del prejuicio dando una característica fundamental para el equilibrio de la libertad de pensamiento y de todas sus derivaciones. Al permitirse la libertad de pensar y expresarse, el pueblo puede seguir anclado en el prejuicio por desear imponer sus prejuicios a otros ciudadanos, incluso mediante la violencia. De esta manera esto se trata sin duda de una referencia a la libertad religiosa y a la fuerza de los prejuicios religiosos.
En esta tesitura, el orden político debe garantizar la libertad y “evitar que unos a otros se impidan con violencia buscar aquella salvación por el libre uso de todas sus potencias”.[1] Emmanuel Kant
El establecimiento de la libertad de pensamiento y expresión, aparecen como condiciónes indispensables para el crecimiento de la autonomía racional. Los que sean capaces de pensar por sí mismos en privado han de poder expresar en público sus ideas, aunque otros aspectos de su libertad se hallen limitados. Pero Kant no está en condiciones de apreciar las dificultades del pueblo para asumir la libertad de pensar como algo público. El peso del luteranismo en este aspecto va más allá de limitar el libre ejercicio de la razón al ámbito privado, puesto que llega a incapacitar para el ejercicio de la libertad de pensar y obrar en el espacio público.
El orden político no es el auténtico obstáculo para la ilustración, sino lo son el prejuicio y la incapacidad de pensar y expresar libremente el pensamiento. El ejemplo que Kant pone de la tutela política sobre la libertad de pensamiento y expresión dentro de un orden político, es el régimen despótico de Federico II de Prusia, que va más allá de la mera tolerancia religiosa.
Porque dispone que solo el orden garantizar que la libertad no caiga en la tentación de la violencia, y la libertad conduce a la ilustración que esta a su vez la aleja de la rudeza. Por eso, sólo quien “dispone de un numeroso y disciplinado ejército puede garantizar la libertad pública, puede decir lo que no diría en un Estado libre: ¡razonar todo lo que quieras y sobre lo que quieras, pero debes obedecer!”[2] Esto es lo que Kant sostiene sobre estas características de la libertad de pensamiento.
De esta forma, el espacio público es el único terreno para cuestionar el orden, pero el orden al mismo tiempo debe ser respetado, pues encierra la garantía de la libertad de pensamiento para todos. En cualquier caso, la protección y el uso de lo público tiene una justificación ética: todo aquello que pretende ocultarse, sea una intención del poder político, o sea una ocurrencia de una mente libre, es sospechoso de circular por el territorio de la inmoralidad. Pero mientras que aquello que sea justo y adecuado a la razón práctica podrá ser publicitado sin reserva alguna.
Por esta razón la máxima de la publicidad condiciona absolutamente la moralidad tanto del derecho político como del civil, tanto las intenciones del gobernante como las aspiraciones del ciudadano. Por eso las revoluciones, son contrarias a la ética, pues no permiten anticiparse como cláusulas del contrato social, que recaerían en lo público. Por el primado de la ética, la política es un saber formal en el que la experiencia tiene un papel predomínate, pero estas nunca deben condicionarse de las decisiones políticas tomadas bajo el imperativo categórico.
En cuanto al tema de la libertad religiosa, Kant lo aprovecha para distinguir claramente entre los usos privado y público de la razón en relación con la libertad de expresión de los clérigos. Kant entiende que un clérigo puede exponer libremente sus opciones sobre el credo que profesa, aunque a la vez se mantenga fiel a la obediencia de su orden, pues actúa en calidad de intermediario a la hora de exponer públicamente sus desacuerdos, siempre que no haya contradicción entre su conciencia como sujeto pensante y la profesión de su fe como clérigo.
Dentro de la concepción de Kant, el opta por combatir el prejuicio religioso desde dentro, esto es, fomentando la racionalidad crítica y el libre pensamiento entre los clérigos, los potenciales propagadores del prejuicio religioso y los que mayor ascendencia poseen sobre las masas no ilustradas en el camino de inculcarles un adecuado uso de la razón. De esta manera Kant llevado por cierto optimismo, parece no advertir que la libertad religiosa propaga prejuicios religiosos por todas partes.
Se entiende que la razón práctica kantiana carezca de límites, puesto que su uso público representa el más alto nivel de libertad que puede alcanzar el hombre, aunque el sujeto se encuentre encadenado a obediencias materiales, sociales, y clérigos. La libertad de pensar no puede ser acotada si en el sujeto persiste la voluntad de pensar por sí mismo. De ahí la necesidad de acotarla desde fuera, mediante una acción externa, capaz de forzar a los hombres a la sociabilidad hasta que sean capaces de desarrollarla desde dentro, sin necesidad de coacción y por consiguiente libre de prejuicios.
En enfoque racional del filósofo, ya en su posición marginal anclado en las ideas puras. Para Kant, el filósofo ha de ser un intelectual politizado, pero sin estar engullido por el poder. Así que la razón es una instancia interesada en lo político, no puede renunciar a formular cuestionamientos por más que estos sean arbitrarios y ajenos a la experiencia presente y de nuestros antepasados.
De esta forma, la libertad de pensamiento, como uso público de la razón práctica, no está sometida al control inmediato de la experiencia y puede ser todo lo metafísica que quiera y lanzarse al territorio de las utopías, con los riesgos que tal cosa comprende. Para Kant, en eso consiste el desarrollo histórico de la humanidad, sorteando los escollos de la naturaleza, de las circunstancias. Kant reclama que las circunstancias sociales sean también favorables al hombre, que haya libertad de pensamiento y expresión, y que las discusiones se diriman en público para hacer de esta libertad algo más profunda a un nivel social de la libertad.
La razón práctica no está obligada a discurrir en el cercado de la experiencia y de las circunstancias, sino que ha de poder proponer una multiplicidad de posibilidades más allá de lo dado, y ha de poder hacerlo en la forma de una discusión pública, donde la pugna entre las representaciones, a través de la historia, conducirá al establecimiento de una única representación. De esta manera la razón práctica, en Kant es libre, y determinante en la formulación de propuestas.
Una misma persona puede ejercer como funcionario y como ilustrado. En el primer oficio actúa con uso privado de la razón, en el segundo con libertad pública de su razón. La legalidad de la expresión viene dada por la obediencia y el juicio ilustrado. Mediante el uso privado de la razón que se hace en calidad al oficio propio. Así, el uso público de la razón, es un que hacer lícito para todo mundo, y es desempeñado por el ilustrador. Éste a su vez es alguien experto en su campo. Por esa razón es legítimo que lo haga. Si lo hiciera de otra manera iría contra la ley de su religión. Pero le corresponde, por su preparación, juzgar las razones y doctrinas. Si es que observa que esta falla, en donde también, todo experto, está capacitado para emitir juicios sobre sus especialidades. De ahí la importancia de la ilustración para todo hombre. “Para que piense por sí mismo”.
Dentro de estos parámetros es claro que un hombre debe obedecer y cumplir con su trabajo. Es claro que el mismo hombre, ilustrado, tiene libertad de expresar sus razones al público. Las razones pueden ser a favor o en contra de alguna situación o cuestión y tiene plena libertad de hacerlo. No las puede decir en la ejecución de la obra donde debe seguir unos parámetros. Las emite solamente en sus libros o cuando le pidan opinión o en otro ámbito. La legalidad de la expresión viene dada por la obediencia y el juicio ilustrado, que nos conlleva a la aparición y el desertar del hombre mediante otras libertades como, de la libertad de expresión, libertad de discusión pública, libertad de crítica y libertad de asociación que a su vez congregan otro tipo de libertades en la esfera publica del hombre.
Kant, se hace partidario de dar libertad a la razón práctica y dejar que ésta se exprese en el escenario público y ponga en tensión las fuerzas y los resortes de las circunstancias. La pluralidad es una proyección sobre el escenario del espacio público, resultado de la libre expresión del pensamiento como uso de la razón práctica. Así también el despliegue de la multiplicidad que da lugar a través de la razón práctica que está estrechamente ligado a la idea de progreso histórico, que sirve de jerarquizador de las ideas.
De la misma forma Kant concreta que también asume que la prudencia es una virtud necesaria en la acción política, pero siempre que se halle en armonía con la razón práctica y que la actividad política se supedite a los dictámenes limitadores del derecho público, que ha de complementarse con la razón. Así que la política no puede ceñirse a un planteamiento meramente técnico o prudencial, sino que ha de ser una actividad en la que intervenga la conciencia moral.
Kant, concibe que el progreso dirija la historia desde la pugna entre las diversas representaciones del mundo hasta el desarrollo de un modelo único universal, en la consolidación de una Verdad. Así que la diversidad en sí tiene un papel secundario, dado que el final de la historia, que Kant no determina del todo, desemboca en una representación única del mundo. En donde hay tradición, y es ésta la que vale como referencia epistemológica básica. No hay una tradición universal, cada pueblo cuenta con la suya. La racionalidad, que todos compartimos, es demasiado débil para considerarse en el plano epistemológico como lo común universal. No hay una única verdad, sino la posibilidad de verdades concretas relativas a determinadas.





