Filosofía del Derecho
El Estado
El Estado es una realidad de una idea ética. Respecto a lo ético este tiene su existencia en la conciencia del individuo y tiene su existencia mediata en su libertad y en su esencia. De esta forma, la libertad alcanza la plenitud de sus derechos, así como, el fin último que tienen el mas alto derecho frente a los individuos. cuyo deber supremo es el de ser miembros del Estado llagando en un concepto concreto en donde el Estado es el espíritu objetivo.
Según Hegel una característica principal del Estado recae en la participación del Derecho Político interno, en donde el Estado es la realidad la libertad concreta que, consiste en el hecho de que la individualidad personal y sus intereses particulares tienen, su pleno desenvolvimiento y reconocimiento de su derecho por si mismo. Aquí lo universal no tiene valor y es llevado a cabo, por los intereses, el saber y el querer particular.
De esta manera el Estado queda concebido como una necesidad Externa, un poder superior al cual están subordinadas a las leyes y los intereses de esas esferas. El fin del Estado es el interés general como tal, que radica en la conservación de los intereses particulares que se constituye por la Realidad abstracta, los Poderes y la Cultura. El Estado obra y actúa según sus fines, principios y leyes, que son los ejes para la conciencia.
El Estado es la voluntad divina como Espíritu presente que se despliega en la forma real y en la organización del mundo. La religión frente al Estado se conduce como el conocimiento que debe tener la razón solo en la esencia. El principio de la división de los poderes implica el momento esencial de la diferencia de la racionalidad real. Por esta razón, el Estado político se fracciona en tres: El poder legislativo: facultad de determinar e instruir lo universal, el poder gubernativo: casos singulares y el Poder del soberano: que representa el poder de la subjetividad como última decisión de la voluntad.
El poder del soberano encierra en sí tres momentos: en la universalidad de constitución y de las leyes, en la Deliberación como relación de lo particular con lo universal y en la Iniciación de la realidad. Dentro de los asuntos y tareas del Estado los particulares están vinculados a los individuos, pero no a sus tareas privadas, constituyendo a la soberanía del Estado, ya que, los Poderes están fundados en la voluntad de los individuos.
El segundo momento del soberano es la particularidad. La majestad propia del monarca, como máxima subjetividad que decide se eleva por encima de toda responsabilidad acerca de los actos del gobierno. El tercer momento, concierne al monarca y en la totalidad de la constitución de las leyes. Dentro del ámbito del poder gubernativo, el poder judicial y policía, se introducen los intereses particulares en la sociedad civil.
El poder legislativo concierne a las leyes como tales, constituye una parte de la constitución y tiene parte activa, el monárquico, que concierne la decisión suprema, el poder gubernativo como comento consultivo y la opinión pública encierra en si los eternos principios de la justicia. El Estado tiene una individualidad, y en el campo de la soberanía, es como un individuo real, inmediato. Así se presenta en la existencia, como relación de uno con otro y como si la negación fuese algo exterior.
En cuanto a lo positivo, la individualidad no es accidental y mutable, sino que es así sí por sí sola. La relación de su reconocimiento es su deber sustancial, dentro de la independencia y soberanía del Estado, constituye el momento en el cual la idealidad de lo particular alcanza su derecho y se convierte en realidad. Cuando un Estado entra en peligro, se debe llamar a todos los ciudadanos del Estado a su defensa. El valor militar por sí, es una virtud formal.
Otro aspecto es el Derecho Político externo que surge de las relaciones de los Estados independientes, para que sea real. Un Estado frente a los otros es una autonomía soberana. La realidad inmediata, en la cual se dan los Estados unos con respecto al otro tiene una naturaleza formal de los contratos en general. Los conflictos de los Estados, solo pueden ser resueltos por la guerra. El bienestar sustancial del Estado es su bienestar como Estado particular, por lo tanto, el gobierno para Hegel es una sabiduría particular y no la previsión general.
Hegel expone el elemento de la existencia del Espíritu universal, en el Arte que es la intuición e imagen, en la religión sentimiento y representación, en la filosofía pensamiento puro y libre, en la Historia Universal es la realidad espiritual en todo el ámbito de su interioridad y su exterioridad. La Historia Universal es un juicio, porque en su universalidad es en si y por si, lo particular, la sociedad civil y los espíritus nacionales en su variada realidad son solos como algo ideales.
La historia universal, es razón de si y por si, y el ser por si de la razón en el espíritu, es saber; la historia es el despliegue de los momentos de la razón, de su conciencia de si y de su libertad, es la realización del espíritu universal. La Idea del Espíritu universal, alcanza su derecho absoluto y el pueblo vive en él y las acciones de ese pueblo, consiguen su realización, la felicidad y la gloria. Bajo estas circunstancias la historia es la producción del espíritu, en donde los individuos intervienen como la subjetividad que realiza lo sustancial.
Las ideas concretas, tienen su verdad y determinación en la idea concreta. De esta forma, el espíritu universal, es el movimiento de su actividad, de saberse absoluto y de liberar a su conciencia y llegar a si mismo, los principios de las formaciones de estas conciencias, en el proceso de su emancipación, los elementos predominantes o dominios de la historia. Universal, loa cuales son cuatro según Hegel.
En primer lugar, es la revelación inmediata, como fundamento a la forma del espíritu sustancial, como identidad, en la cual la individualidad permanece sumergida en su esencia. En segundo lugar, el saber del espíritu sustancial, y la individualidad moral, en tercero, el abandonamiento en si mismo del ser por si. Y en cuarto sitio la mutación de antítesis del Espíritu para acoger en su interioridad a su verdad y la esencia concreta. Según estos principios los dominios de la historia universal son, el oriental, el griego, el romano y el germánico.
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