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sábado, 10 de octubre de 2020

¿QUÉ ES LA Democracia? Derechos Fundamentales y Democracia (Miguel Carbonell)

Elementos de las Democracias Modernas

La democracia en su misma conceptualidad denota en su entendimiento a otros conceptos que la complementan en un todo por ejemplo los partidos políticos, las campañas electorales, la publicidad de candidatos, la jornada electoral, el conteo de votos y el trabajo de los diputados y senadores. 

Hoy en día no se puede conceptualidad a una democracia, sí la existencia de partidos políticos está prohibida, si los candidatos no pueden hacer campañas electorales en las cuales se expresen con amplitud y libremente sobre todos los temas que afectan a la sociedad, si no se  permite  que  los  ciudadanos  voten  o  si  sus  votos  no  son  contados correctamente, si los representantes populares no pueden reunirse para discutir y aprobar las reformas que necesita un país.

Los regímenes democráticos contemporáneos suelen caracterizarse como “democracias constitucionales”.  Se tratan de  una  forma  de  organización  política  que  intenta  ser  democrática  y  que para lograrlo se dota de un texto jurídico que tiene la máxima jerarquía  normativa, llamado Constitución. Las constituciones desde su surgimiento han tenido dos tipos de contenidos: han establecido los derechos de las personas o de los ciudadanos y han organizado lo que se conoce como la división de poderes.

Principalmente las constituciones establecen: a)  cómo se debe competir por alcanzar los puestos de representación popular (las condiciones de la contienda electoral), y b)  la forma en que se deben ejercer tales puestos y las facultades de  sus  titulares  (el  proceso  legislativo,  la  dirección  de  la  política exterior, los nombramientos de los principales funcionarios del Estado, etc.

Esto desencadena una dimensión formal entre a) quién gobierna, y b)  cómo gobierna. En ese nivel llamado formal se establecen las cuestiones que determinan si un país tiene un régimen parlamentario o uno presidencial, si los legisladores son electos por tres o por seis años, si el presidente puede o no reelegirse, el tiempo  de duración  de las campañas electorales, los requisitos para formar nuevos partidos políticos, etcétera.

Por otra parte, el establecimiento a nivel constitucional de los derechos humanos añade una dimensión ya no formal, sino “sustancial” al régimen democrático, dado que nos indica lo que no pueden hacer los gobernantes y lo que no pueden dejar de hacer. Si la Constitución establece que toda persona  tiene  libertad  de  expresión,  eso  significa  que  ninguna  autoridad puede imponer la censura respecto de lo que quiera decir o escribir alguien.

Si la Constitución señala que tenemos derecho a la educación, eso significa que las autoridades no pueden dejar de hacer ciertas cosas; no pueden dejar de prever un presupuesto para el sistema educativo, no pueden dejar de construir la infraestructura necesaria para que se puedan tomar clases, no pueden dejar de contratar maestros, de equipar las aulas y laboratorios, de diseñar  los planes de  estudios,  de establecer  los requisitos  para el acreditamiento de los niveles académicos, de expedir los títulos que correspondan a la obtención de cada grado académico, etcétera.

Todos esos derechos, establecidos constitucionalmente, implican tareas a cargo del Estado; si los poderes públicos no las cumplen, estarían violando la Constitución. La dimensión sustancial de la democracia, se refiere al contenido del régimen democrático: lo que la democracia puede concretamente hacer para mejorar la vida de los seres humanos. Por eso es que los derechos humanos son la mejor forma de expresión de todos los valores que caracterizan a un sistema político democrático.

Al establecer en la Constitución una lista de derechos fundamentales, lo que en realidad estamos haciendo es “juridificar” la democracia: darle forma jurídica y otorgarle de esa manera sustancia y contenido. En este sentido, el constitucionalismo juridifica la democracia y le da forma expresa a través de la normatividad jurídica. La democracia, por su parte, es el régimen que hace posible que se materialicen en la práctica los valores de libertad, igualdad y seguridad jurídica que conforman la columna vertebral del constitucionalismo.

La  democracia  constitucional  es  un  régimen  de  gobierno  que mezcla principios formales y sustanciales: por un lado las normas formales relativas a quién y cómo gobierna; y por otra parte las normas  sustanciales  que  nos  indican  lo  que  puede  ser  realizado  por  las autoridades y lo que no puede dejar de ser llevado a cabo. 

La democracia de nuestros días asegura los iguales derechos de todas las personas y convierte en realidad el principio de la soberanía, el cual pasa de ser entendido como cualidad del Estado o de la nación,  al ser una expresión de los derechos fundamentales de todas las personas. El individuo es por tanto el verdadero soberano, como titular de los derechos de libertad, de igualdad y sociales que le permiten desarrollar una vida dotada de sentidos y significados elegidos por él mismo y por nadie más.

Los derechos fundamentales son “fragmentos de soberanía” que nos convierten a todas y cada una de las personas en seres autónomos, capaces de tomar las decisiones más importantes de nuestras vidas, tanto en la esfera privada como en la pública.

Bibliografía

Carbonell Miguel, Derechos fundamentales y democracia, cuadernillos de divulgación de la cultura democrática, INE, México, 2016. Pág 11-17

domingo, 16 de agosto de 2020

RENDICIÓN DE CUENTAS y Transparencia en México (Reconfiguración Administrativa)

Rendición de Cuentas en México

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¿Que es Accountability?

El fenómeno desatado a raíz del cambio en el paradigma social, relacionado al involucramiento de la sociedad en los asuntos públicos y gubernamentales a derivado a su vez a la trasformación del aparato gubernamental impactando en su instrumentos, capacidades, alcances, responsabilidades, y formas de actuar ante este nuevo dilema más abierto entre los gobernantes y los gobernados; bajo este panorama es preciso puntualizar que el caso mexicano no se libra de todas estas modificaciones y como otros gobiernos democráticos alrededor del mundo también quiere incidir de manera importante y significativa dentro del paradigma actual respecto a la configuración de la idea de un gobierno más moderno, cercano, democrático y abierto.

Para ello hay que comprender la idea de un gobierno cercano como aquel “que tiene un diálogo entre las dependencias y entidades y los diferentes actores de la sociedad y que tiene por objetivo atender con oportunidad las demandas ciudadanas y resolver los principales problemas públicos. Buscando como eje central de su actuación al ciudadano y utilizar de forma estratégica las herramientas institucionales con las que cuenta para promover un gobierno eficiente, eficaz y que rinda cuentas a la población.”[1]

Para lograr una configuración de tal envergadura dentro del contexto mexicano hay que ser bastante cuidadosos,  ya que el perfil que guarda el estado mexicano históricamente tanto a nivel internacional como local es bastante dudoso, nos encontramos catalogados (según indicadores como el IPC, el barómetro global sobre corrupción y el latino-barómetro etcétera.) como uno de los países con más problemas de corrupción e impunidad, estas evaluaciones nos hacen ver una realidad que no nos beneficia en nada sobre todo en términos de “la legitimidad del Estado y la confianza de la sociedad en sus gobiernos. Esto genera un acceso inequitativo a la riqueza y la percepción de que la política es un negocio al servicio de los poderosos. Ello mina la confianza en la política y reduce la legitimidad del gobierno para recaudar impuestos y reclamar la obediencia voluntaria de sus ciudadanos.”[2]

Por ello se debe realizar una reconfiguración del sistema mexicano para producir una eficaz, efectiva y completamente creíble e insoslayable rendición de cuentas en el país. Partiendo de lo anterior y para poder proponer una reconfiguración efectiva para la rendición de cuentas es importante identificar ante que nos estamos enfrentando en la actualidad ya que “el concepto de la rendición de cuentas involucra tanto el derecho a recibir información y la obligación correspondiente de divulgar todos los datos necesarios. Pero también implica el derecho a recibir una explicación y el deber correspondiente de justificar el ejercicio de poder.”[3] (Mediante controles y contrapesos, por la supervisión y la restricción del poder).

Ahora bien una vez planteado lo anterior, tenemos que para una rendición de cuentas que realmente contenga resultados óptimos y que nos presente un argumento ampliamente concreto, debemos en primera instancia consolidar los tres pirales fundamentales que nos menciona Andreas Schedler (información, justificación y sanción) ya que estos pilares fundamentan la base general para el surgimiento y consolidación de todo sistema de rendición de cuentas que tenga como fin ser realmente efectivo, para ello se requiere que los pilares se mantengan en equilibrios puramente igualitarios y que trabajen coordinadamente respecto a sus prioridades, ya que cualquier desajuste o imparcialidad dentro de estos ocasionaría un desajuste general.

Lo mencionado anteriormente podría determinarse como el mayor reto que tiene México en relación a su estructura política y gubernamental ya que en primera instancia es visible que necesitamos instituciones públicas abiertas y con disponibilidad, responsabilidad,  técnica y legal para proporcionar información de calidad en tiempo y forma; para ello se deben proporcionar mecanismo y publicitar estos al tiempo que permitan al ciudadano interactuar con mayor facilidad y dinamizar el proceso de acceso de información establecido en el artículo sexto de la CPEUM ya que hasta la fecha, la posibilidad de pedir y recibir información aún se encuentra decadente y en ocasiones se trata de deslindar esta responsabilidad y no se proporciona la información correspondiente.

En un segundo paso tenemos que fortalecer la comunicación tanto entre dependencia y entidades del gobierno como con los ciudadanos, ya que para lograr un proceso de rendición de cuentas oportuno tenemos que fortalecer este medio de dialogo en el cual se tienen que justificar las acciones y omisiones ejercidas por “los servidores públicos y las personas físicas o morales, públicas o privadas, que capten, reciban, recauden, administren, manejen, ejerzan y custodien recursos públicos federales”[4] con la finalidad de obtener un parámetro de coordinación sobre la rendición de cuentas  tanto al interior de las instituciones gubernamentales encargadas de fiscalizar como con la sociedad en general, de esta forma tendremos una justificación de calidad sobre los recursos públicos, sobre quienes toman las decisiones y sobre las razones por las que se toman tales decisiones, dentro de una interacción mutua entre el que exige cuentas y que tiene la obligación de rendir cuentas.

Dentro del tercer pilar que escenifica el aspecto de la sanción tenemos que un dilema que parece ser el más delicado ya que dentro de este espacio nos encontramos con sanciones del orden administrativo y con sanciones que se determinan bajo la vía penal, en este sentido hay que establecer que este pilar se puede considerar como el más controvertido en el sentido de que realmente se vea un mecanismo que sea capaz de dar resultados razonables y que se oriente hacia el establecimiento de la justicia evitando confusiones que nos lleven a actos de impunidad, lo que generaría desconfianza dentro del sistema de rendición de cuentas y mas general dentro de toda la estructura institucional del gobierno mexicano.      

Bajo lo anteriormente establecido es oportuno centrarnos específicamente a la reconfiguración que tiene que instaurar el gobierno mexicano para poder consolidar un ejercicio de la rendición de cuentas. Por un lado debemos prever que la situación actual del gobierno mexicano se encuentra en una crisis de legitimidad propiciado principalmente por los actos de corrupción suscitados dentro del marco institucional  de los tres niveles de gobierno, también hay que precisar que el sistema de auditorías o fiscalización se reproduce simultáneamente en toda la federación, en este sentido tenemos, que si hay algo que se deba cambiar o reestructurar se tiene que hacer a la par en todo el país si no los esfuerzos para un gobierno mas transparente no tendrán resultado satisfactorios. Así que tomemos en cuenta el panorama actual en el sentido de crear o modificar, mecanismos e instituciones  para perfeccionar la rendición de cuentas.

Es necesario puntualizar que la dinámica de la rendición de cuentas debe ceñirse con esta nueva institución como un eje imprescindible, esta debe ser un organismo público con autonomía técnica de gestión y política además de contar con personalidad jurídica y patrimonio propios, además debe ser un intermediario crucial entre la ASF y la PGR. Debe estas sustentada en un marco en donde sus integrantes estén en condiciones de objetar imparcialmente, apegados al Estado de Derecho, y orientadas hacia un ámbito de ética profesional, plenamente facultados  para resolver controversial alrededor de castigos o sanciones de carácter administrativo y jurídico, dentro de los tres órdenes de gobierno.

Al ser un órgano tan indispensable en la colaboración que tengan tanto con las resoluciones administrativas y jurídicas, se debe plantear como finalidad, priorizar por casos de corrupción y faltas administrativas catalogadas como graves o de mas controversia, a su vez en el caso de la ASF esta debe tener la facultad en primera instancia de auditar, después de recomendar modificaciones y por ultimo de poner algún tipo de sanción con la participación de las autoridades responsables de las auditorías internas (según sea el caso) bajo el escrutinio y autorización institucional del aparato de rendición de cuentas, en el caso de sanciones del orden penal, estas deberían ser abordadas por la PGR con la colaboración pertinente institucional la cual velara por que las resoluciones finales se mantengan dentro del marco de la legalidad evitando así casos de impunidad. 

En esta misma lógica cada uno de los niveles de gobierno velara para su sistema de rendición de cuentas, en donde el aparato administrativo de rendición de cuentas se mantendrá como una autoridad que tenga una permanente coordinación con las auditorías realizadas por la ASF así como las realizadas por los  OICs quienes a su vez en coordinación llevaran a cargo la resolución de sanciones  de tipo administrativas, en el otro extremo mediante auditorias forenses y en colaboración con la PGR se llevarian a cabo las resoluciones correspondientes al área de castigos jurídicos velando a favor de los derechos humanos, los valores éticos profesionales y la justa impartición de justicia.

Finamente todo este entramado estará bajo la revisión ciudadana ya que contar con el apoyo del “ciudadano vigía” se convierte en una alternativa muy interesante. Sin caer en la delación absoluta ya que el “ciudadano cómplice” arraiga la ilegalidad.”[5] En este sentido las auditorías sociales son una herramienta que cada vez parece más indispensable dentro del marco social que ahora se nos presenta y por ello hay que poner gran atención en este tema ya que en un futuro no muy lejano estos organismos serán importantes en el sistema de rendición de cuentas de cualquier nación democrática.

Para concluir es importante tomar en cuenta que la rendición de cuentas implica no solo generar mecanismos para la atención de sus tres dimensiones (informar, justificar y sancionar), sino también fortalecer las capacidades institucionales en otras materias, tales como el acceso a la información ,la transparencia, y la contabilidad  gubernamental, además del respeto a la legalidad y la adopción de una ética orientada al bien común esto nos demuestra que si bien México ha avanzado en temas tan fundamentales sobre rendición de cuentas aun se falta un camino extenso que recorrer para consolidarse como un país plenamente democrático y con índices de corrupción e impunidad bajos que regresen la confianza a un sistema que hasta ahora no ha podido avanzar significativamente.

Bibliografía

[1] Documento del “Gobierno Federal” PND 2013-2018. Programa para un gobierno cercano y moderno. Pág. 13

[2] Documento del “Senado de la república LXII legislatura” Proyecto de decreto que reforma y adiciona disposiciones de la CPEUM, en materia de combate a la corrupción. Pág. 5 

[3] Andreas,  Schedler.  ¿Qué es la rendición de cuentas? Cuaderno de transparencia núm. 3. IFAI 2008. Pág. 14

[4] Ley de fiscalización y rendición de cuentas de la federación. (última reforma publicada DOF 18-06-2010.) Artículo 6º, pág. 3

[5] Reyes Heroles, Federico.  Corrupción: de los ángeles a los índices. Cuaderno de transparencia núm. 1. IFAI 2008. Pág. 25