El Federalismo y sus Conceptos Políticos
En
cuanto modelo de organización del poder político, el federalismo se sostiene en
conceptos como la soberanía, la democracia, el poder político, el Estado, el
Estado de derecho, la pluralidad y la igualdad. Con los cuales establece
conexiones esenciales de relaciones políticas que son coherentes con el modelo.
El federalismo, construye a su alrededor un cuadro de conceptos políticos que
forman parte de su propia definición y que socialmente tienden a traducirse en
valores de la cultura y valores políticos que se reivindican en la sociedad.
Federalismo y Soberanía
El concepto
de soberanía está asociada con el federalismo y la democracia. Cuando el pueblo es el soberano y asume su
capacidad para determinar al Estado y las leyes, iniciando una relación entre
el Estado y los individuos. La primera experiencia con las instituciones y el derecho
ocurrió con el surgimiento de Estados Unidos, a partir de entonces, la
sociedad, los ciudadanos o el pueblo, fueron quienes determinaban al Estado y a
su organización.
La
soberanía como atributo del pueblo es un concepto con esencia democrática, pues
implica el derecho ciudadano (en cuanto sociedad civil) a definir al Estado y a las leyes.
Adicionalmente, el concepto tiene implícita la idea de secularización del
Estado, al tener éste su origen en el pueblo. Sin embargo la democracia y la
ciudadanía han podido convivir con conceptos y prácticas políticas que no
expresan la radicalidad de la soberanía popular, como las monarquías
Constitucionales.
Entre
el federalismo y la democracia existe una fuerte conexión, tanto conceptual
como práctica, especialmente por la soberanía popular. El federalismo implica a
la democracia, aunque la democracia no implica necesariamente al federalismo.
El Federalismo y la Constitución Permanente del Estado
El federalismo
tiene un concepto del Estado
que supone su
determinación permanente. En un sistema
de relaciones de organización y poderes específicos. Suponen
un proceso constitutivo del Estado. Del pacto federal se crea un Estado
nacional, el surgimiento de la nación, de su forma federal y del Estado
nacional transcurren simultáneamente, finalmente el Estado es constituido
mediante un pacto o acuerdo entre las partes federadas.
En países
unitarios que transitan al federalismo, el efecto constitutivo del Estado es
menos evidente pero igual existe. En estos casos, la evidencia más
significativa son los cambios en las constituciones. El federalismos nacen junto
con las naciones
o de naciones
que transitan al
federalismo, dando origen a un estado acotado, determinado y definido
por un proceso y por actores que le son externos: un Estado con poderes
delimitados y con mandatos expresos.
El
federalismo es un sistema de relaciones
que configuran de
manera permanente su
estructura dual, entre las partes
federadas y el Estado nacional. Debido a esta condición dual del sistema, el
Estado nacional nunca puede distanciarse o separarse de las entidades
federativas, sean éstas repúblicas,
Länders, comunas, cantones o estados. Es condición esencial del modelo
federal que la voluntad de las partes se refleje en la integración de la
voluntad general nacional, de manera
permanente.
En
todo sistema federal coexiste una tensión de variable intensidad entre el
gobierno nacional y los gobiernos federados, que a su vez refleja una tensión
en la distribución del poder político. Esta relativa inestabilidad es
inevitable en el federalismo y sus soluciones prácticas han conducido a
escenarios que se reflejan en dinámicas de centralización y de
descentralización en la administración pública, o en permanente coordinación,
negociación o conflicto entre poderes nacionales y regionales.
La inestabilidad
no significa crisis, sino variables de interacción legítimas que asumen los
canales formales del modelo. Dentro del federalismo existe
una instrumentación formal que regula las relaciones y sus
formas, estableciendo límites, lo cual le impide al modelo sucumbir. Hay varios
instrumentos que administran la inestabilidad del sistema:
el principal es la
integración de los poderes nacionales, que permite a las partes federadas una posición permanente de representación en los
órganos nacionales.
Otros
recursos son las reformas a la Constitución general, que suponen la aprobación
de las entidades federadas, así como determinadas políticas como reformas
fiscales. Finalmente, los recursos de coordinación intergubernamental, reflejan
los equilibrios entre las dinámicas nacionales y los requerimientos específicos
de las partes federadas.
Federalismo y Estado de derecho
La
conformación de un sistema federal implica un proceso constitutivo del Estado,
dónde la autoridad política se encuentra, sujeta a
los entornos del derecho establecido por las partes federadas o por su
representación legítima. La consecuencia
para el nuevo
Estado es que el
poder no
emane de sí mismo, sino del pacto federal. La autoridad
política no puede ser otra más que aquélla definida por el derecho. A su vez,
el derecho no puede ser otro más que aquél definido por el pacto federal.
El
federalismo impone un contenido restringido al Estado, de comprender y ejercer el poder político, también de respetar
y permitir el desarrollo de las libertades individuales y ciudadanas que, a su
vez, también son delimitadas por el derecho.
El Estado
federal, está delimitado por los siguientes entornos: el derecho, como base
esencial y primaria;
la división de
poderes, como instrumento
de autorregulación del poder y,
finalmente, los órganos políticos territoriales (los estados, cantones, Länders, repúblicas), que a su vez participan
en la distribución del poder en un plano paralelo al Estado nacional. Todo reflejado
en una Constitución Política, la cual están obligados a obedecer los
componentes del sistema federal y todas las formas del poder reconocidas por
éste.
El
modelo federal tiene que ser definido por un marco jurídico, lo cual no
significa abundancia de leyes y
detallamiento normativo. El marco legal
de un país federal puede ser simplificado, pero no puede carecer de plenitud en
la regulación del poder. El derecho es condición para la formación del propio Estado federal, de sus poderes, de las partes
integrantes del sistema, de su funcionamiento y de sus relaciones.
No
puede existir un sistema federal sin un derecho convenido y sin la vigencia de
éste como instrumento regulador. Si el derecho dejara de tener vigencia como
instrumento de regulación, el mismo “pacto” federal perdería validez; las
relaciones entre las partes dejarían de ser reguladas por el derecho y podrían
pasar a un escenario dominado por la lógica de poder político.
En
toda estructura política las relaciones entre las partes tienen el potencial de
derivar en prácticas de subordinación, lo cual sería contrario al principio federalista;
la efectividad del Estado
de derecho es una de las condiciones imprescindibles de todo
sistema federal. Se encuentra en su origen, en su estructura y en su dinámica.
Por este motivo, entre el federalismo, el poder político y el Estado de derecho
existe una relación necesaria, que impulsa la constitución de un Estado
dinámico y regulado.
Federalismo y pluralidad, libertad e igualdad
A
partir de su misma composición, el federalismo renuncia a la homogeneidad como
principio: sin negar el principio de unidad, se
reconoce el derecho a la
diversidad, al reconocimiento y al respeto
del otro. Cada una de las partes
federadas reivindica alguna especificidad que la hace ser ella misma y que la
distingue de las otras partes o del todo nacional. La pluralidad como principio
político es, inherente del sistema
y del contenido
del derecho federal.
Las partes
constitutivas de una nación federal al momento de pactar lo están haciendo en
ejercicio de su libertad y como expresión de su voluntad soberana. La libertad
como la capacidad de autodeterminación y voluntad, en el federalismo es la
soberanía. Sin libertad no puede existir contrato alguno ni soberanía. Las
partes necesitan reconocimiento recíproco y capacidad para decidir libremente.
No sé puede anular la libertad,
pues se rompería la condición de pacto-contrato; la
soberanía es condición del sistema, y vincula al federalismo con la libertad.
La
libertad, la soberanía y el pacto federal contienen un concepto paralelo, a
este sistema de gobierno: la igualdad. Una de las condiciones del contrato
federal, vinculada con la libertad soberana, consiste en el reconocimiento recíproco entre las partes. Una capacidad de
interlocución igualitaria, ubica a las partes federadas en un mismo plano, con
independencia de sus características intrínsecas. En este sentido, la extensión
territorial, la lengua, la etnicidad, las dimensiones poblacionales, la
cultura, entre otras variables, por sí mismas no forman parte de los criterios
del pacto federal, pero tampoco las ignora.
La
paradoja se resuelve en el federalismo, al establecer el principio de igualdad
junto con el derecho a la diversidad. Uno
de los valores esenciales del pacto
federal es la igualdad en la
heterogeneidad; de otro modo, no habría contrato posible. El
pacto federal establece, condiciones de igualdad entre las partes, que permiten
su encuentro federativo. Si existiese un
reconocimiento jurídico de las desigualdades el resultado sería el
establecimiento de una relación de dominación, e inequidades en la distribución
y ejercicio del poder político.
Una de
las virtudes del sistema federal es su capacidad de reconocer e integrar en un
todo mayor las diferencias existentes entre las partes. Es un sistema que
permite la administración política y gubernamental de las diferencias. Una vez
asumida la igualdad jurídica como un principio esencial del sistema, ésta se
expresa en dos facetas: como reconocimiento recíproco de y por cada uno de los
miembros del sistema; y como la capacidad de interlocución de cada una de las
entidades.
La
igualdad jurídica necesita, traducirse en reconocimiento y participación. No
pueden existir partes ignoradas en el funcionamiento del sistema, ni partes
excluidas de su proceso institucional. La igualdad jurídica es uno de los
valores esenciales del sistema que permite respetar la individualidad (libertad,
soberanía, diferencias geográficas, religiosas o etnolingüísticas) de cada una
de sus entidades integrantes. La igualdad respeta las diferencias y se
contrapone al surgimiento de relaciones de dominación que pretendan
aprovecharlas.
El
sistema federal se relaciona con la democracia y la soberanía, al hacerla
residir en el
pueblo; Establece, un plano de igualdad jurídica entre los órganos de
gobierno y los ciudadanos, donde a ambos los determina el derecho; establece la
capacidad política ciudadana,
al determinar los
ciudadanos al Estado
y a sus órganos. Organiza al
poder político y, separa a los poderes del Estado. La Constitución y el derecho
adquieren una capacidad total de regulación de la autoridad y los conceptos de
pluralidad, igualdad y libertad son parte de la integración y funcionamiento.
Bibliografía
Tonatiuh Guillén López, "Federalismo, Gobiernos Locales y Democracia", cuadernillos de divulgación de la cultura democrática num 17, INE, México, 2016. Pág 33-50.
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