¿Que son los Derechos Humanos?
Los derechos humanos representan hoy en día nuestro más objetivo parámetro para determinar qué es la justicia y qué sociedades son más o menos justas. Sin embargo, las sociedades de nuestro tiempo son enormemente plurales. En ellas conviven diferentes cosmovisiones acerca de lo que es bueno y lo que es justo, pero son precisamente los derechos humanos los que definirán este paradigma.
Luigi Ferrajoli señalan que los fundamentos de los derechos humanos deben buscarse en valores como la igualdad, la democracia, la paz y el papel de los propios derechos como leyes de los sujetos más débiles dentro de una sociedad. Bajo este parámetro, los derechos humanos nos deben de protejer en todas las relaciones asimétricas en las que nos vemos inmersos a lo largo de nuestra vida y en las que potencialmente podemos quedar sometidos frente a quienes tienen más poder.
Ernesto Garzón Valdés ha señalado que los derechos humanos se reconocen debido a que protegen bienes básicos y eso es lo que permite diferenciar a un derecho humano de un derecho de otro tipo. Un bien básico, según el mismo autor, es aquel que resulta necesario para la realización de cualquier plan de vida, es decir, que es indispensable para que el individuo pueda actuar como un agente moral autónomo.
Cuando hablamos de derechos humanos nos estamos refiriendo a la protección de los intereses más vitales de toda persona, con independencia de sus circunstancias o características personales. Ronald Dworkin, concluye que “Los derechos individuales son triunfos políticos en manos de los individuos. Los individuos tienen derechos cuando, por alguna razón, una meta colectiva no es justificación suficiente para negarles lo que, en cuanto individuos, desean tener o hacer, o cuando no justifica suficientemente que se les imponga una pérdida o un perjuicio”.
Por otra parte, Robert Alexy señala que “El sentido de los derechos fundamentales consiste justamente en no dejar en manos de la mayoría parlamentaria la decisión sobre determinadas posiciones del individuo. Esto significa que, frente a un derecho humano, no pueden oponerse conceptos como los de “bien común”, “seguridad nacional”, “interés público”, “moral ciudadana”, etcétera.
Bajo la línea general de estas ideas, Ferrajoli argumenta que: Ni siquiera por unanimidad puede un pueblo decidir que un hombre muera o sea privado sin culpa de su libertad, que piense o escriba, o no piense o no escriba, de determinada manera, que no se reúna o no se asocie con otros, que se case o no se case con cierta persona o permanezca indisolublemente ligado a ella, que tenga o no tenga hijos, que haga o no haga tal trabajo u otras cosas por el estilo.
La garantía de estos derechos vitales es la condición indispensable de la convivencia pacífica. Por ello, su lesión por parte del Estado justifica no simplemente la crítica o el disenso, como para las cuestiones no vitales en las que vale la regla de la mayoría, sino la resistencia a la opresión hasta la guerra civil.
Bajo esta argumentación se puede concretar que los derechos fundamentales son límites frente al poder de decisión que tiene una mayoría social que ocupe temporalmente los poderes públicos representativos. El respeto a la autonomía de todos, que es uno de los valores más importantes que tutelan los derechos fundamentales, exige que la mayoría no traspase los límites y vínculos que fijan los derechos fundamentales.
Bibliografía
Carbonell Miguel, Derechos fundamentales y democracia, cuadernillos de divulgación de la cultura democrática, INE, México, 2016. Pág 25-30
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