Sistema de Auditoria Gubernamental
La auditoria se presenta como un instrumento que viene aportar confiabilidad y mejoramiento en los resultados, en el sentido de que su implementación está orientada hacia la consecución de optimizar recursos y de generar un ambiente transparente y libre de dudas o irregularidades en razón de los recursos, además de ser un instrumento que nos proporciona retroalimentación enfocada a mejorar las practicas de gasto, proporcionándonos recomendaciones que tiene por finalidad corregir aspectos ineficientes.
Las auditorias nos proporcionan elementos técnicos que puedan ser utilizados en apoyo de los miembros de una organización en relación al desempeño de sus actividades, para ello se les proporcionan análisis, evaluaciones, recomendaciones, asesoría e información relacionada con las actividades revisadas, así mismo nos permite identificar aspectos eficientes que si cumplen con su función con la intención de generar incentivos para implementar procesos de mejora continua.
Ahora bien, para determinar el objetivo de la auditoria es indispensable considerar el marco jurídico que regula la razón de ser de la auditoria, en este sentido podemos demarcar que en “el artículo 135 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal se establece que las auditorías tendrán por objetivo examinar las operaciones con el propósito de verificar si los estados financieros presentan razonablemente la situación financiera, si la utilización de los recursos se ha realizado en forma eficiente, si los objetivos y metas se lograron de manera eficaz y congruente y si en el desarrollo de las actividades se ha cumplido con las disposiciones legales vigentes.”[1]
De este modo y bajo la idea contemplada dentro de los conceptos anteriores, la auditoría puede llegar a definirse como “una actividad de apoyo a la función directiva, enfocada al examen objetivo, sistemático y evaluatorio de las operaciones financieras y administrativas realizadas; de los sistemas y procedimientos implantados; de la estructura orgánica en operación y de los objetivos, programas y metas alcanzados por las Dependencias, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública Federal así como la PGR, con el propósito de determinar el grado de economía, eficacia, eficiencia, efectividad, imparcialidad, honestidad y apego a la normatividad con que se han administrado los recursos públicos que les fueron suministrados, así como la calidad y calidez con que prestan sus servicios a la ciudadanía.”[2]
2.- ¿Cuáles son los tipos de auditoría que contempla la Secretaría de la Función Pública y explica sus elementos (qué es y qué revisa cada una)?
Los tipos de auditoría que contempla la SFP son las siguientes:
Las auditorías se clasifican en: |
|
Integrales |
De: diagnostico, cumplimiento y desempeño |
Especificas |
De: presupuestal y financiera |
Otras revisiones |
De: Seguimiento de recomendaciones y Acompañamiento de programas[3] |
Auditorias de seguimiento: este tipo de auditorías son auditorias que son complementarias (una auditoria después de otra auditoria) ya que para que esta surja como un instrumento viable para la SFP debe de haber previamente otro tipo de auditoría, en este sentido podemos concretar que la finalidad de esta es verificar y reconfirmar la atención de recomendaciones y acciones de otras auditorias con la finalidad de que el proceso de retroalimentación sea plenamente establecida, obteniendo así resultados más reales en relación al proceso de auditorías y no se quede solo como una simulación.
Con forme a lo anterior es preciso señalar que este tipo de auditorías se enfocan directamente en Informar de manera inmediata a los responsable las fallas, incumplimientos o posibles riesgos que se detecten, con el propósito de su atención oportuna por ello cada programa debe esta supervisado.
Estas auditorías son un instrumento que revisa el cumplimiento efectivo de otras auditorias en relación de observar que las evaluaciones y recomendaciones sean concluidas satisfactoriamente mediante la observación en el cambio de comportamiento, de los entes públicos con la finalidad de mejorar los resultados de cada dependencia auditada.
Auditorias especiales: este tipo de auditorías son aquellas en las que no existe un aspecto particular que auditar ya como su nombre lo describe son especiales en el sentido de que son caso en los cuales dada la complejidad o particularidad de las operaciones, programas o procesos por revisar, se aplican diversos enfoques y procedimientos, en este sentido, estas auditorías son bastante más complejas ya que se auditan varios casos dentro de un mismo entorno, las acciones dentro de estas auditorías tiende a desarrollarse en distintas vertientes.
Para ser más concretos estas auditorías tienen la característica de revestirse en características peculiares ya que combinan aspectos de cumplimiento financiero y de desempeño; los procesos que se revisan son diferenciados, por lo que los procedimientos que se aplican son específicos para cada caso y por lo general el procedimiento de esta auditorias siempre es diferente en cada caso ya que atienden a programas, operaciones y procesos especiales o únicos y se refieren a actos de la administración pública que, por su particularidad, difícilmente pueden repetirse.
Auditorias de desempeño: El propósito que tiene este tipo de auditorías va enfocado a evaluar los resultados en relación de las capacidades que tienen los entes públicos para brindar los servicios apegados a las normas jurídicas. Este tipo de auditorías toman como medio de evaluación en gran medida el cumplimiento de acuerdo con los objetivos, metas y atribuciones de cada ente público, así mismo se toma en cuenta si estas entidades ejercieron los recursos de acuerdo con la normativa y el fin para el cual les fueron asignados.
Estas auditorías tienen un marco central en la que su impacto se basa en gran medida a los resultados y hacia el buen manejo de los recursos. En este enfoque es importante puntualizar que los criterios de evaluación utilizados en este tipo de auditorías entran en juego indicadores como la eficacia, eficiencia y economía, y calidad de los bienes y servicios, la satisfacción del ciudadano y el comportamiento de los actores, así que este tipo de auditorías maneja varios ámbitos de evaluación que no solo se centran en la revisión de los recursos sino en el tipo de resultados que los entes públicos tiene y el impacto social de la gestión pública y comparando lo propuesto con lo alcanzado.
Auditorias financieras: este tipo de auditorías se centra en constatar la forma y términos en que fueron captados y administrados, así como verificar el cumplimiento de las disposiciones normativas de los recursos financieros. En este caso, se tiene como finalidad verificar si los ingresos derivados del presupuesto asignado a los entes públicos correspondieron a los volúmenes brindados o a los servicios prestados, y si se registraron adecuadamente y si se utilizaron para los fines autorizados que estaban preestablecidos.
Bajo lo anteriormente dicho es importante destacar que lo que se quiere con este tipo de auditorías es visualizar de manera transparente la relación con los egresos, su propósito es examinar que los recursos se apliquen en operaciones efectivamente realizadas, que su ejercicio se ajuste a las disposiciones normativas, y que se establezca que estos recursos se utilizaron satisfactoriamente para el cumplimiento de las funciones de los entes públicos y que se registraron con base en los principios básicos de contabilidad gubernamental y en el clasificador por objeto del gasto, así seguirá un procedimiento adecuado en función de los requerimientos necesarios para lo entes públicos.
Auditorias de programas: estas auditorías tienen como fundamento verificar de manera selectiva, los programas en la medida de que puedan evaluar sus acciones y su desarrollo alineado a lo establecido en las reglas de operación de los programas y proyectos institucionales, a su vez estas auditorías tienen por objetivo verificar el cumplimiento de sus programas de trabajo, así como la efectividad de los controles implementados, y el uso adecuado de recursos y bajo los parámetros del cumplimiento de la normativa aplicable.
3.- ¿Cuáles son las etapas del proceso de auditoría?
Dentro del proceso de auditoría se presentan diversas facetas, pero dentro de un marco más general podemos describir claramente este proceso con varios pasos específicos que nos permitan comprender el funcionamiento que tienen las auditorias dentro de su actuación.
Planificación: esta etapa se puede identificar en dos forma, en primera instancia tenemos que se realiza una planeación general con la intención de conocer antecedentes y generalidades de la situación que se tiene pensado realizar en la revisión así como señalar los objetivos y actividades generales que tiene pensado ejecutar la auditoría, así como delimitar recursos y tiempos que están dispuestos a ocuparse dentro de la auditoria planeada. Dentro de la planeación específica ya se abordan temas más delimitados en relación al alcance, la oportunidad y los procedimientos que tendrán que aplicarse para los conceptos que se quieren revisar.
Notificación: en esta etapa es importante ya que es el primer acercamiento que se tiene entre la autoridad que va auditar y el ente que se quiere auditar; esta etapa contempla una función fundamental ya que es la fase en la cual se celebra una configuración táctica mediante el envió le la orden de Auditoría, la cual contiene a quien va dirigida a una autoridad, además esta debidamente fundamentada legalmente según sea el caso, se cita a los encargados de las auditorías internas, se describen generalmente los alcances, periodos y propósitos de la auditoria. Con la finalidad de que ambas partes estén plenamente enteradas de una futura auditoria, y no haya un problema de comunicación y un reconocimiento de esta.
Ejecución: El objetivo de la etapa de ejecución es obtener evidencia suficiente del programa, área o rubro que se analiza, para contar con los elementos suficientes de juicio que permitan al auditor determinar el grado de razonabilidad de las situaciones observadas, la veracidad de la documentación revisada y la confiabilidad de los sistemas y registros examinados, para que con ello emita una opinión sólida, sustentada y válida, motivo por el que la evidencia que se obtenga debe ser de calidad.
Cierre de auditoría: en esta fase se concluye con la revisión, análisis, inspección, confirmación y evaluación de los documentos requeridos durante la ejecución y se da como finalizada la auditoria mediante un documento que establece el lugar, hora y fecha del acto además del nombre y cargo de los asistentes, así como unidad administrativa de adscripción de quienes hayan participado en el acto, además del número de la orden de auditoría y la confirmación del que la auditoria a concluido sus acciones.
Justificación o confronta y preconfronta: esta parte de la justificación va relacionada con relación a lo auditado respecto al análisis y evaluación que se haga, lo importante de esta fase es que el ente auditado tiene la posibilidad de justificar algún problema que se halla suscitado en relaciona la documentación revisada esto con la intención de que dentro del posterior informe el panorama general sea menos conflictivo y en donde ambas partes queden totalmente aclarecidas de cualquier duda que pudiera surgir durante alguna parte de la auditoria.
Informe: una vez que se realiza la justificación la auditoria ya puede determinar algún producto sobre los entes auditados ya sea detectando problemas o determinado que el ejercicio de los entes públicos está funcionando correctamente por eso la importancia del informe o la cédula de observaciones radica en el planteamiento claro y preciso de la problemática detectada, del origen de la misma y de las recomendaciones para su solución.
4.- ¿Cuáles son los puntos primordiales con los que debe contar el informe del resultado de una auditoría y qué acciones pueden derivarse de éste?
Después de todas las etapas que tiene la auditoria se tiene por obligación presentar un informe de auditoría el cual debe contener distintas características entre las que de forma general se encuentran, la entidad, los criterios de selección, el objetivo, el alcance, los procedimientos aplicados, la muestra, el tipo de auditoría (cumplimiento financiero, desempeño y forense), el dictamen (limpio, salvedad, negativo). El cumplimiento de los principios, resultados de la gestión, observaciones y recomendaciones.
En base a esto según la Ley de Rendición de Cuentas de la Federación en su artículo 29 nos demarca más explícitamente el contenido que debe tener una auditoria en ese sentido se cita lo siguiente:
Artículo 29.- El Informe del Resultado contendrá los informes de las auditorías practicadas e incluirá como mínimo lo siguiente: I. Los criterios de selección, el objetivo, el alcance, los procedimientos de auditoría aplicados y el dictamen de cada auditoría; II. En su caso, las auditorías sobre el desempeño; III. El cumplimiento de los principios de contabilidad gubernamental y de las disposiciones contenidas en los ordenamientos y normativa correspondientes; IV. Los resultados de la gestión financiera; V. La comprobación de que las entidades fiscalizadas, se ajustaron a lo dispuesto en la Ley de Ingresos, el Presupuesto y demás disposiciones jurídicas aplicables; VI. El análisis de las desviaciones, en su caso; VII. Los resultados de la fiscalización del manejo de los recursos federales por parte de las entidades federativas, los municipios y los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal; VIII. Las observaciones, recomendaciones y las acciones promovidas; IX. Un apartado específico en cada una de las auditorías realizadas donde se incluyan las justificaciones y aclaraciones que, en su caso, las entidades fiscalizadas hayan presentado en relación con los resultados y las observaciones que se les hayan hecho durante las revisiones, y X. Derivado de las auditorías, en su caso y dependiendo de la relevancia de las observaciones, un apartado donde se incluyan sugerencias a la Cámara para modificar disposiciones legales a fin de mejorar la gestión financiera y el desempeño de las entidades fiscalizadas.[4]
A partir de estos pasos pueden desencadenar múltiples factores uno seria que una vez dadas las recomendaciones, el ente auditor demarca un plazo temporal para que las observaciones sean adoptadas y si estos no se atiende en ese lapso determinado de tiempo otras autoridades podrían sancionar estas omisiones. En otro caso sería que se rinden recomendaciones y a partir de eso se implementan auditorias de seguimiento con la intención de verificar el cumplimiento de estas y se harían las recomendaciones pertinentes; en términos de sanciones se podrían determinar dos situaciones unas de carácter administrativo las cuales tendrían repercusiones de acuerdo a la ley de responsabilidades administrativas de los servidores públicos que serian sancionadas con sus respectivas autoridades pertinentes; y otras desencadenarían actos legales que son delitos de mas gravedad tendría soluciones dentro de la esfera jurídico legal bajo las leyes penales.
5.- ¿Cuál es la importancia de la ética pública en el sistema de rendición de cuentas gubernamental?
Es importante contemplar a la ética pública como un estandarte permanente dentro del sistema de la rendición de cuentas en México en la medida de que esta debe proyectarse consistente en prevenir y abatir las prácticas de corrupción e impunidad e impulsar la mejora de la calidad en la gestión pública, con el propósito de asegurar a la ciudadanía certidumbre en cuanto a las actividades de las instituciones de gobierno, la calidad de sus servicios, todo esto bajo la lógica de conservar un cambio significativo dentro de la actitud del servidor público, garantizando su profesionalización y honestidad.
En este sentido la idea de construir un sistema de rendición de cuentas mas real dependerá mucho de el nivel ético y profesional de los individuos establecido para realizar tales acciones porque tal y como dice el código de ética de los servidores públicos de la administración publica federal Al asumir su cargo, el servidor público manifiesta su compromiso y vocación para atender los asuntos que interesan y afectan a la sociedad, adquiriendo al mismo tiempo una responsabilidad por sus actos que se refleja en la satisfacción de las necesidades colectivas. El servicio público implica responsabilidades que derivan de las funciones inherentes al cargo que se desempeña.[5]
Cada uno de ellos se enfrenta día a día con la toma de decisiones a menudo complejas, en lasque está en juego el bienestar de la sociedad. Los servidores públicos, como individuos libres, tienen la capacidad para elegir y optar en el ejercicio de sus funciones, entre lo que es deseable para la colectividad y aquello que puede resultar dañino para la misma. En este sentido no solo la rendición de cuentas debe contar con una ética pública bien afianzada para poder desarrollarse plenamente sino que, la ética debe estar presente dentro de toda la administración pública para que las posibilidades de generar confianza y un servicio eficiente sean un pilar fundamental en las acciones de todo el sistema.
6.-¿Cómo funciona el sistema de fiscalización y rendición de cuentas en México? y ¿Qué cambios necesita el sistema de fiscalización y rendición de cuentas mexicano, con el fin de hacerlo más eficaz y legítimo?
El proceso de rendición de cuentas en México se compone principalmente de tres actores los cuales se sustentan dentro de dos poderes de la unión, en un primer parámetro tenemos a la ASF la cual es el órgano del legislativo que audita al ejecutivo la cual cuenta con autonomía técnica y de gestión, este órgano audita bajo los términos de anualidad y posteridad, además este órgano tiene la obligación de rendir cuentas a la cámara de diputados.
En otro espacio encontramos a la SFP la cual promueve el cumplimiento de los procesos de control y fiscalización del gobierno federal. Coordina y realiza auditorias sobre el gasto de recursos federales, coordina la labor de los órganos internos de control de cada dependencia del gobierno federal y evalúa la gestión de las entidades a nivel federal. Este órgano es el encargado de aplicar sanciones administrativas correspondientes derivadas de las observaciones realizadas por la ASF y de sus propias revisiones.
En tercer plano tenemos la presencia de la PGR la cual incide en la rendición de cuentas en la medida que se encarga de investigas y perseguir delitos del orden federal, por lo que tiene la facultad de aplicar sanciones judiciales a servidores públicos que incurran en estas, a su vez la PGR tiene su órgano interno de control. Este es el panorama general que tiene la rendición de cuentas actualmente y es el mismo que se reproduce dentro de todas las entidades federativas.
Ahora bien tomando en cuenta el panorama y las propuestas actuales del gobierno federal es necesario puntualizar que la dinámica de la rendición de cuentas debe ceñirse con esta nueva institución como un eje imprescindible, esta institución debe se un organismo público con autonomía técnica de gestión y política además de contar con personalidad jurídica y patrimonio propios, debe ser un intermediario crucial entre la ASF y la PGR. Debe estas sustentada en un marco en donde sus integrantes estén en condiciones de objetar imparcialmente, apegados al Estado de Derecho, y orientadas hacia un ámbito de ética profesional, plenamente facultados para resolver controversias alrededor de castigos o sanciones de carácter administrativo y jurídico, dentro de los tres órdenes de gobierno.
Al ser un órgano tan indispensable en la colaboración que tengan tanto con las resoluciones administrativas y jurídicas, se debe plantear que esta institución tiene que objetar con la finalidad de velar por casos de corrupción y faltas administrativas catalogadas como graves o de mas controversia, a su vez en el caso de la ASF este tendrá la facultad en primera instancia de auditar, después de recomendar modificaciones y por ultimo de poner algún tipo de sanción con la participación de las autoridades responsables de las auditorías internas (según sea el caso) bajo el escrutinio y autorización de una nueva institución, en el caso de sanciones del orden penal, estas estarán abordadas por la PGR con la colaboración pertinente de este nuevo organismo la cual velara porque las resoluciones finales se mantengan dentro del marco de la legalidad evitando así casos de impunidad.
En esta misma lógica cada uno de los niveles de gobierno velara para su sistema de rendición de cuentas, en donde esta constitución se mantendría como una autoridad que tenga una permanente coordinación con las auditorías realizadas por la ASF así como las realizadas por los OICs quienes a su vez en coordinación llevaran a cargo la resolución de sanciones de tipo administrativas, en el otro extremo mediante auditorias forenses y en colaboración con la PGR. el nuevo órgano coordinador llevara a cabo las resoluciones correspondientes al área de castigos jurídicos velando a favor de los derechos humanos, los valores éticos profesionales y la justa impartición de justicia.
Finamente todo este entramado estará bajo la revisión ciudadana ya que “contar con el apoyo del “ciudadano vigía” se convierte en una alternativa muy interesante. Sin caer en la delación absoluta ya que el “ciudadano cómplice” arraiga la ilegalidad.”[6] En este sentido las auditorías sociales son una herramienta que cada vez parece más indispensable dentro del marco social que ahora se nos presenta y por ello hay que poner gran atención en este tema ya que en un futuro no muy lejano estos organismos serán importantes en el sistema de rendición de cuentas de cualquier nación democrática que quiera legitimarse y recobrar la confianza de su pueblo.
Bibliografía
[1] SECRETARÍA DE CONTRALORÍA Y DESARROLLO ADMINISTRATIVO SUBSECRETARÍA DE NORMATIVIDAD Y CONTROL DE LA GESTIÓN PÚBLICA DIRECCIÓN GENERAL DE AUDITORÍA GUBERNAMENTAL. Guía General de Auditoría Pública. 2000. Pág. 5
[3] BOLETÍN 1 - NORMAS Y PROCEDIMIENTOS GENERALES DE AUDITORÍA PÚBLICA. Pág. 5
[4] LEY DE FISCALIZACIÓN Y RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA FEDERACIÓN. Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2009TEXTO VIGENTE Última reforma publicada DOF 18-06-2010. Pág. 13
[5] Código de Ética de los Servidores Públicos de la Administración Pública Federal.
[6] Reyes Heroles, Federico. Corrupción: de los ángeles a los índices. Cuaderno de transparencia núm. 1. IFAI 2008. Pág. 25
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